- La norma, pionera en el mundo por sus altos niveles de exigencias, establece nuevos límites de azúcar, grasa, sodio y calorías en los productos y le prohíbe a la industria la publicidad dirigida a los menores de 14 años y su venta en los colegios.
En Chile, uno de tres niños menores de seis años tiene exceso de peso. En paralelo, una de cada 11 muertes ocurridas cada 60 minutos está asociada a alguna enfermedad crónica derivada a la obesidad.
En este trágico escenario, al que se debe agregar que los niños que actualmente tienen cinco años a los 30 alcanzarán niveles excesivos de sobrepeso, nace la nueva ley de Composición Nutricional de los Alimentos y su Publicidad, más conocida como “ley de etiquetado de alimentos”.
La normativa -pionera en el mundo por sus altos niveles de exigencias- tiene como principal objetivo regular tres conductas: la publicidad dirigida a niños asociada a la comida, la venta en escuelas de determinados productos y el etiquetado respecto a su información nutricional.
¿Pero en qué se traducirá esto en un año más cuando la ley entre en vigencia?
“La ley busca promover el derecho a saber de las personas. El antiguo reglamento estaba hecho para que la gente no entienda lo que come y permite vender basura como alimentos saludables”, explicó el senador y miembro de la comisión de Salud, Guido Girardi, quien es además uno de los impulsores de la norma.
En lo concreto, todos aquellos alimentos altos en calorías, azúcares, sodio y grasas saturadas, deberán tener una advertencia en la cara principal de su envase donde se informe sobre el alto contenido de dichos nutrientes.
Esto se hará a través de un logotipo impreso: un octágono, de fondo negro y letras blancas, con la leyenda “Alto en…” similar a un signo “Pare”, con una dimensión dada por el tamaño del envoltorio especificado en la ley.
Además, en los colegios se prohibirá la venta de estos productos y se promoverá en conjunto con el ministerio de Educación, la instalación en todos los establecimientos de los “Kioscos saludables”.
Por último, sobre su publicidad -que es el punto que más discrepancias ha generado con la industria considerando que los niños chilenos reciben 4.700 mensajes de este tipo- es que los alimentos “altos en” no podrán publicitarse en medios dirigidos a menores de 14 años, es decir en radios, revistas, televisión ni Internet.
En el caso de ser promovidos a través de medios masivos deberán llevar un mensaje que promueva sus hábitos de vida saludable.
Tampoco podrán utilizar elementos que atraigan la atención de los niños y niñas (como concursos asociados) ni ofrecer juguetes, accesorios, adhesivos u otros incentivos para su venta.
¿Cuáles son los alimentos “alto en”?
Actualmente, ninguna bebida gaseosa -a no ser que sea light o zero- ni un cereal azucarado de los que generalmente toman los niños al desayuno y mucho menos la comida chatarra, estaría a salvo de esta advertencia.
Esto, porque las primeras contienen 10,8 gramos de azúcar por cada 100 milímetros, una caja de cereal posee entre 42% a 38% del mismo nutriente, y sólo 100 gramos de hamburguesa (sin pan ni otro acompañamiento) tiene cinco gramos de grasas saturadas.
Es así que a partir del 26 de junio de 2016 todos los alimentos sólidos que posean valores mayores de 275 calorías, 400 gramos de sodio, diez gramos de azúcares totales y 4 gramos de grasas saturadas cada cien gramos, serán sometidos a esta ley.
Respecto a los alimentos líquidos, el límite general cada cien milímetros, dado por la nueva normativa es de 70 ml. de calorías, 100 ml. de sodio, cinco ml. de azúcares totales y tres ml. de grasas saturadas.
La ministra de Salud, Carmen Castillo, hizo un llamado a las empresas “a no esperar hasta el próximo año para rotular los alimentos”.
“Con esta ley, que es muy novedosa para el país y que orgullosamente podemos decir que es pionera en el mundo con estas exigencias, queremos disminuir los altos índices de obesidad que afectan hoy al país y del cual debemos hacernos todos responsables”, enfatizó.
La ley 20.606, aprobada en 2012, es una modificación al Reglamento Sanitario de Alimentos. Sin embargo, y tras la publicación al año siguiente del Decreto 12, el Minsal retrasó su entrada en vigencia para una revisión que buscaba modificar el mensaje “Alto en” por “Exceso de”.
Esto, fue finalmente rechazado por la Contraloría General de la República lo que obligó a la cartera a retomar la leyenda original y por fin salir publicada este viernes en el Diario Oficial.
Fuente: Emol, fotografía: UPI