Desde hace cuatro meses, los bebés nacidos bajo el sistema de vientres de alquiler en España han quedado en el limbo jurídico, dado que los consulados no los inscriben porque no tienen nacionalidad.
De acuerdo a una nota del diario El País, los consulados españoles en el extranjero se han negado a registrar a los niños nacidos bajo esta modalidad y cuyos ‘padres’ son parejas heterosexuales u homosexuales españolas.
Todo comenzó con una sentencia del Tribunal Supremo en febrero que, en la práctica implica que los consulados no otorgan nacionalidad a estos niños porque no son registrados como hijos de españoles.
El Gobierno está buscando una solución al tema porque el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ya condenó a Francia por una situación similar y obligó a inscribir a los niños de vientre de alquiler.
Las autoridades se han abierto a una solución, por lo menos en el caso de los bebés nacidos por subrogación en Estados Unidos, donde este procedimiento está normado y supervisado judicialmente.
Este modo en España es ilegal a partir de la ley de 2006 sobre Reproducción Asistida, ya que la norma establece como nulo cualquier contrato entre la madre biológica y los ‘padres adoptivos-biológicos’.
La suborogación registra en el mundo ya muchos casos éxitosos, como el de una inglesa que se jubiló después una decena de partos bajo el modo de vientre de alquiler, pero otros no tanto, como el de una hija que se ofreció a tener un bebé para su madre y después no quiso entregárselo.